CORLEON · Control Preventivo REPSE & SAT 69-B
Plataforma de Debida Diligencia y Fecha Cierta Digital
El presente contrato mercantil de adhesión regula el acceso y uso de la plataforma de software como servicio (SaaS) denominada CORLEON, operada por CORLEON S.A.P.I. DE C.V. (o el titular legal que opera con actividad empresarial) (en lo sucesivo, "CORLEON"), por parte de cualquier persona física o moral suscriptora (en lo sucesivo, el "Usuario" o "Cliente").
1.1. CORLEON es una plataforma tecnológica privada de control interno preventivo y debida diligencia registral que automatiza la consulta y confronta de información pública emitida en los portales del Gobierno de México: el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y los listados de presunción e inexistencia de operaciones publicados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) conforme al Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).
1.2. Naturaleza Jurídica del Dictamen y Exclusión de Fe Pública: El documento emitido por el sistema se denomina oficialmente "Cédula de Validación Preventiva (CVP) · Prueba Documental Privada de Debida Diligencia con Constancia de Conservación de Mensajes de Datos NOM-151-SCFI-2016". El Usuario reconoce y acepta que CORLEON no es una autoridad gubernamental, ni un fedatario público (notario o corredor público), por lo que en ningún caso ostenta ni otorga "fe pública". La certeza temporal e inalterabilidad del documento emanan exclusivamente de los efectos probatorios que los Artículos 49, 89, 89 Bis y 95 Bis del Código de Comercio, el Artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC) y el Criterio Sustantivo 28/2020/CTN/CS-SASEN de la PRODECON otorgan a los mensajes de datos conservados bajo la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016 (Apéndice Normativo A).
1.3. Alcance Normativo y Obligaciones Complementarias del Cliente (Art. 27 Fracc. V LISR y Art. 5 Fracc. II LIVA): La Cédula CVP acredita de manera fechada e inalterable que el Usuario verificó la vigencia del registro REPSE y la ausencia del contratista en las listas del Artículo 69-B del CFF previo a la dispersión financiera. Sin embargo, la emisión de la Cédula CVP no sustituye ni exime al departamento contable o fiscal del Usuario de su obligación legal de verificar que el servicio contratado sea ajeno a su objeto social o actividad económica preponderante (Art. 13 LFT), ni de recabar mensualmente del contratista los anexos obligatorios de ley: copia de los CFDI de nómina de los trabajadores asignados, recibos bancarios de entero de retenciones de ISR, comprobantes de pago de cuotas obrero-patronales al IMSS, aportaciones al INFONAVIT, copia de la declaración de IVA y acuses de pago e informes ICSOE/SISUB, así como el cumplimiento de las retenciones aplicables del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) estatal.
2.1. Para la actualización de los semáforos de contraloría, CORLEON ejecuta procesos automatizados de consulta sobre fuentes de acceso público gubernamental respetando pausas técnicas de cortesía (throttling) y deduplicación de red.
2.2. Dado que los portales repse.stps.gob.mx y los servidores de datos abiertos del SAT son administrados por el Estado mexicano, cualquier caída general, mantenimiento, intermitencia, cambio de estructura o bloqueo temporal en dichos servidores oficiales escapa al control técnico de CORLEON y no constituirá incumplimiento contractual ni dará lugar a penalizaciones o reembolsos.
3.1. El sellado criptográfico estándar de cada Cédula de Validación Preventiva (CVP) se realiza calculando el resumen hash SHA-256 (FIPS 180-4) de la Cadena Original del expediente de auditoría conforme al artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC). Para suscriptores del Plan Enterprise, el sistema habilita adicionalmente la emisión bajo demanda de la Constancia de Conservación de Mensajes de Datos NOM-151-SCFI-2016 bajo el protocolo ASN.1 / RFC 3161, emitida por un Prestador de Servicios de Certificación (PSC) debidamente acreditado ante la Secretaría de Economía, con estampado digital de tiempo sincronizado con el patrón nacional UTC(CNM) del Centro Nacional de Metrología (CENAM).
3.2. Regla de 1 Cédula Semanal: Para garantizar la eficiencia operativa y alinearse con los ciclos semanales de dispersión de Cuentas por Pagar, cada contratista registrado en el Padrón Maestro generará una (1) sola Cédula CVP por cada ventana de siete (7) días naturales, exclusivamente a solicitud expresa del Usuario desde el Gabinete de Evidencia tras confirmar el motivo operativo.
3.3. Durante el transcurso de dichos 7 días naturales, el Usuario podrá visualizar, reimprimir o descargar en formato PDF la Cédula CVP vigente resguardada en caché de forma ilimitada y sin costo adicional. Una vez concluida la ventana de 7 días, se habilitará la emisión de una nueva cédula actualizada.
4.1. El servicio se comercializa bajo tres niveles de suscripción, cuyos precios mensuales incluyen el desglose del Impuesto al Valor Agregado (16% IVA) conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC):
4.2. Regla Inflexible de Cupo Activo: En CORLEON no existe la figura de proveedor "inactivo" o "pausado". Todo RFC registrado en la lista del Usuario ocupa una plaza activa de su plan contratado. Al alcanzar el límite máximo de su plan (por ejemplo, 15/15 en Plan Básico o 50/50 en Plan Radar), el Usuario deberá eliminar definitivamente un contratista existente de su padrón o escalar su suscripción al nivel inmediato superior para poder dar de alta un nuevo RFC.
5.1. Obligación de Medios Tecnológicos: CORLEON asume frente al Usuario una obligación estricta de medios tecnológicos de consulta automatizada e integridad criptográfica digital, y bajo ninguna circunstancia asume una obligación de resultados fiscales, laborales o contenciosos ante auditorías del SAT, STPS, IMSS, INFONAVIT o secretarías de finanzas estatales.
5.2. La decisión final de autorizar, retener o dispersar cualquier pago a favor de un proveedor o contratista recae de manera exclusiva e indelegable en la administración del Usuario.
5.3. Tope Máximo de Responsabilidad (Liability Cap): En la máxima medida permitida por la legislación mercantil aplicable en los Estados Unidos Mexicanos, las partes acuerdan expresamente que CORLEON no será responsable por daños indirectos, incidentales, lucro cesante, créditos fiscales, multas laborales, recargos o pérdida de deducibilidad. En cualquier supuesto de reclamación contractual o extracontractual procedente, la responsabilidad civil total y acumulada de CORLEON frente al Usuario estará estrictamente limitada a una cantidad máxima equivalente al monto neto efectivamente pagado por el Usuario a CORLEON por concepto de su suscripción durante los tres (3) meses inmediatos anteriores a la fecha del evento que origine la reclamación.
6.1. La denominación CORLEON, su isotipo heráldico-pericial, el código fuente de la aplicación, las hojas de estilo y la estructura compilada del Padrón Maestro se encuentran protegidos por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) y los Artículos 101, 107 y 108 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA). Queda estrictamente prohibida la ingeniería inversa, la reventa no autorizada de accesos o el uso de robots para clonar la base de datos de la plataforma.
7.1. Conforme a los Artículos 80, 89 y 93 del Código de Comercio, el presente contrato se perfecciona y surte plenos efectos legales en el momento en que el Usuario marca la casilla de aceptación expresa (Clickwrap) durante el proceso de registro de cuenta en /registro, quedando resguardada en base de datos la dirección IP y la marca de tiempo exacta de dicha manifestación de voluntad.
7.2. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos y a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México (CDMX), renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros.
Última actualización: Octubre de 2026.